La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural tomará las medidas necesarias para garantizar la aplicación, en tiempo y forma y en el ámbito de sus responsabilidades, de las disposiciones emitidas por el Consejo de Salubridad General para atender la emergencia por el COVID-19.
En este sentido, puntualiza que la comunicación entre la Dirección General de Fomento a la Agricultura y la Cámara de la Industria de la Cerveza y de la Malta, que trascendió el día de hoy, se limita exclusivamente a facilitar la relación entre productores de cebada y representantes de la industria, con el fin de garantizar, en la medida de lo posible, el abasto y los compromisos de compra pactados. Es importante dejar claro que no se trata de una autorización a la industria cervecera para mantener o reanudar la producción.
Las disposiciones son del Consejo de Salubridad General y las acciones extraordinarias para suspender actividades no esenciales son de la Secretaría de Salud, y tienen como finalidad el distanciamiento social a partir de la reducción de las actividades económicas. Las disposiciones se encuentran en el Acuerdo por el que se establecen acciones extraordinarias para atender la emergencia sanitaria generada por el virus SARS-CoV2, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 31 de marzo de 2020.
En este marco, cabe precisar que las funciones de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural, en el caso que se refiere, claramente son las de convenir con la industria que se compre la cosecha, puesto que los agricultores no tienen la capacidad de almacenar el grano.
La Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural seguirá atenta a las medidas y lineamientos establecidos por el Consejo de Salubridad General, a efecto de mantener su operación en línea con sus disposiciones.