El Instituto Nacional de Pesca (INAPESCA) emitió la cuota de captura para el aprovechamiento de Atún Aleta Azul en aguas de jurisdicción federal de los Estados Unidos Mexicanos en el Océano Pacífico y en Aguas Marinas que se encuentran en el Área de Regulación de la Comisión Interamericana del Atún Tropical para los años 2017 y 2018.
La Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación (SAGARPA), a través de la Comisión Nacional de Acuacultura y Pesca (CONAPESCA) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) este acuerdo; por lo que las cuotas de captura son aplicables a las embarcaciones de bandera mexicana que operan con un permiso o concesión de pesca para el aprovechamiento de atún aleta azul en aguas marinas de los Estados Unidos Mexicanos, en el Océano Pacífico y en aguas delimitadas por la Comisión Interamericana del Atún Tropical (CIAT).
Estas cuotas quedaron de la siguiente manera: 3,000 toneladas para 2017 y 3,000 toneladas para el año 2018, siempre y cuando no se rebasen las cantidades de captura durante 2017, el INAPESCA podrá recalcular la cuota para el año siguiente, asegurándose que no excedan las 6,000 toneladas totales en suma de esos dos años.
En lo que respecta a la pesca deportiva recreativa del atún aleta azul, las embarcaciones mexicanas que cuenten con permiso para la realización de esta actividad en aguas marinas de los Estados Unidos Mexicanos en el Océano Pacífico, tendrán un límite máximo de dos ejemplares por pescador, de acuerdo a lo establecido en la Norma Mexicana NOM-017-PESC-1994.
El presente acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, quedando la vigilancia del cumplimiento del mismo a cargo de la SAGARPA por conducto de la CONAPESCA, así como de la Secretaría de Marina (SEMAR).
Las violaciones al presente acuerdo aplicarán las sanciones que para el caso establece la Ley General de Pesca y Acuacultura Sustentables y demás disposiciones legales.
Fuente: INAPESCA