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Las frutas también tienen sus normas

Fruta

Existen diversas normas que regulan los productos derivados de frutas, de manera específica la norma oficial mexicana NOM-075-FITO-1997, por la que se establecen los requisitos y especificaciones fitosanitarias para la movilización de frutos hospederos de moscas de la fruta, reconoce que se ha incrementado el acopio de productos agrícolas y que se han presentado brotes de la mosca mediterránea, Ceratitis capitata, en puntos cercanos a la frontera con Guatemala.

La norma NOM-075-FITO-1997, establece los procedimientos y requisitos fitosanitarios para movilización de frutos frescos, hospederos de la mosca de fruta, a efecto de prevenir la dispersión de esta plaga hacia las zonas libres y de baja prevalencia.

La norma define cuarentena como restricción a la movilización de mercancías con el fin de prevenir o retardar la introducción de plagas.

De acuerdo con el punto 4.2.2.2 se consideran frutos de cuarenta absoluta algunos de los siguientes: arrayán, capulín, guanábana, níspero, zapote, entre otros.

El cumplimiento de la normativa promueve la competitividad, protegiendo el bien común.

Referencia: NOM-075-FITO-1997, por la que se establecen los requisitos y especificaciones fitosanitarias para la movilización de frutos hospederos de moscas de la fruta.

 

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