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Banco Sabadell te “enseña” a exportar en el Salón Mi Empresa

Banco Sabadell, el cuarto grupo bancario privado español, integrado por diferentes bancos, marcas, sociedades filiales y sociedades participadas que abarcan todos los ámbitos del negocio financiero bajo un denominador común, profesionalidad y calidad, llevó a cabo la primera sesión del Salón Mi Empresa.

Susana Monge, gerente de Negocio Internacional de Banco Sabadell, protagonizó una ilustrativa sesión titulada “Aprendiendo a Exportar. El riesgo de las exportaciones”.

Monge enumeró los riesgos que hay que tener siempre presente a la hora de vender productos en otro país:

-Riesgo de Fraude: no es una mera desavenencia comercial, ya que estamos ante una verdadera industrial del fraude.
-Riesgo de Transporte.
-Riesgo de tipo de cambio: por la fijación de precios.
-Riesgo documentario: incidencias con la documentación aduanera.
-Riesgo Legal: leyes aplicables y sistemas jurídicos y dificultad de litigar en el extranjero.

a ejecutiva hizo hincapié que para cualquier duda sobre exportación, sugiere hacer contacto con los expertos de Banco Sabadell; especialmente en casos de desconocimiento del tema, como a pequeños empresarios del campo que deseen incursionar en la exportación de sus productos.

También ha aconsejado que se defina bien el contrato, porque va a ser la base del compromiso de exportación. El contrato tiene que ser preciso y evitar lagunas pero, a la vez, ser flexible.

El contrato como resultado de una negociación de la que se desprenden unos compromisos debe contener:

Detalle y compromiso de entrega (del vendedor).
Condiciones y compromiso de pago (del comprador).
Así ha explicado cómo debe ser el contrato, pieza básica para evitar conflictos:

Conocer a la otra parte: conocimiento de las prácticas comerciales y solvencia.
Obtener informes comerciales, legales y patrimoniales.
Contrato preciso (evitar lagunas) y flexible que minimice las causas de disputa, es conveniente incluir:
– Cláusulas de adaptación y reajuste, fuerza mayor, etc

-Cláusula de ley aplicable

-Previsión de renegociación o mediación.

-Cláusula de jurisdicción competente/arbitraje

El contrato debe evitar llegar al conflicto ya que no existe un único órgano de jurisdicción internacional.
Vías de resolución de conflictos:
-Arbitraje

-Litigio

“Nuestro consejo es que siempre nos cuenten las cosas… para poder ayudarlos”, concluyó la experta en Negocio Internacional de Banco Sabadell.

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